El consejo de curso (formado por los estudiantes) y los padres en reunión de apoderados no deben abordar asuntos de carácter técnico-pedagógico ni sobre la acción de los profesores. %% [[Dintrans1966]]:27 %% Esta función le compete exclusivamente a la Unidad Técnico Pedagógica o los estamentos afines de los que disponga el establecimiento. En ningún caso se debe permitir que otros integrantes de la Comunidad Educativa intervengan en estas materias. #Rev/2601 #Tipo/Apunte #Tipo/Reflexión